

















+ $ 60.000 expensas
Hermoso depto para exigentes, BLANCO ENCALADA 4470 piso alto frente balcón corrido. super luminoso. ambiente amplio apaisado divisible. muy buen estado. pisos cerámicos. 1 baño completo. cocina integrada con anafe nuevo UltraComb y horno eléctrico. termotanque individual. Muy luminoso. conexión lavarropas en el balcón. placard completo. Aire split a control remoto.
equipo de Aire acondicionado frio calor.
zona comercial de Villa Urquiza nuevo polo gastronómico.
REQUISITOS Y CONDICIONES: PROHIBIDO PERRO. gato si.- Contrato a 2 años incremento CUATRIMESTRAL IPC - 1 mes deposito en dólares - 1 mes adelanto (alquiler del mes en curso) - Garantía CABA, AMBA (PBA) o SEGURO CAUCION HOGGAX, FINAER, PREMIUM, WORANZ
apto para persona con movilidad reducida LEY 5115
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-
Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto:
Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.-
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B
Blanco Encalada al 4400
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: Sí
Acepta mascotas: No
Superficie total: 32 m²
Superficie cubierta: 28 m²
Disposición: Al frente
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Termotanque
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 10
Dptos/piso: 4
Ascensores principales: 1
Código aviso: 937
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-