Avenida Cramer al 2500

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    Cochera en Alquiler, Belgrano

    $ 100.000

    Sup. total: 24 m²
    Sup. total:
    24 m²
    Tipo cochera: Fija
    Tipo cochera:
    Fija
    Tamaño de vehículo: Mediano
    Tamaño de vehículo:
    Mediano
    Medio de acceso: Rampa fija
    Medio de acceso:
    Rampa fija

    Descripción

    COCHERA FIJA Y CUBIERTA 15

    SE ALQUILA SOLO PARA AUTOS chicos o medianos, o MOTO ,
    COCHERA COMODA DE FACIL ACCESO.
    COMISION INMOBILIARIA UN MES DE ALQUILER $35.000+IVA
    SE ENTRA Y SE SALE DEL EDIFICIO UNICAMENTE POR LA RAMPA, POR LA COCHERA
    EL ESPACIO ES FIJO Y CUBIERTO
    PORTÓN AUTOMÁTICO A CONTROL REMOTO
    NO APTO PARA PERSONA CON MOVILIDAD REDUCIDA LEY 5115


    Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B

    Ubicación

    Avenida Cramer al 2500

    Estado de la propiedad: Excelente

    Apto prof.: No

    • Pavimento

    • Cochera cubierta

    Superficie total: 24 m²

    Superficie cubierta: 24 m²

    Medio de acceso: Rampa fija

    Tamaño de vehículo: Mediano

    Tipo de garage: Garage Cubierto

    Cocheras cubiertas: 1

    Código aviso: 355

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    Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-