ALQUILER TEMPORARIO / AMUEBLADO
Barrio Belgrano
Cantidad de ambientes: monoambiente
Tipo de unidad: depto.
Ubicación: contrafrente vista abierta
Living comedor dormitorio: 5.00 x 3.50 pisos porcelanato, amplio placard completo.
Hall de distribución: 1.10x2.00
Cocina: integrada, cocina a gas.
Lavadero: instalado bajo-mesada en cocina con lavarropas.
Espacio de Dormitorio: tiene frente e interior de placard completos,
Baño: completo con bañera.
Balcón desde el living: 2.00 x 1.10
Agua caliente: central
Calefacción: Split frio calor instalado
Antigüedad: 2 años
Superficie Total: 38m2.
Superficie cubierta: 35m2 aprox.
Servicios: El edificio posee Solarium con ducha, Parrilla.
Observaciones: Excelente vista. Súper luminoso.
Edificio: 8 pisos. 3 deptos. X piso. Ascensores: 1
PRECIO: incluye alquiler / expensas / abl / aysa. Abona a parte luz , gas y cable.
Expensas: $45.000 incluidas
ABL: estimado $4000 incluido
AYSA: incluido
APTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA LEY 5115
PROHIBIDO MASCOTAS
DEPOSITO EN GARANTIA: 2 MESES EN DOLARES
COMISION SEGÚN ALQUILER TEMPORARIO AMUEBLADO 10%+IVA
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B
Ugarte al 2500
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: No
Período de alquiler temporal Mes entero
Superficie total: 38 m²
Superficie cubierta: 35 m²
Disposición: Contrafrente
Orientación: Oeste
Plantas: 1
Agua caliente: Caldera Central
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Excelente
Cantidad de pisos: 8
Dptos/piso: 3
Ascensores principales: 1
Código aviso: 333
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-