+ $ 80.000 expensas
EXCELENTE DEPTO 1 AMB C/FTE // sin placard//
MUY LUMINOSO // PISOS DE MADERA Y AIRE ACOND SPLIT FRIO/CALOR
COCINA A GAS, MESADA Y ALACENA.
BAÑO COMPLETO CON BAÑERA
REQUISITOS: 1 MES ADELANTO + 1 MES DE DEPÓSITO EN GARANTIA (valor en dólares) + 1 GARANTIA PROPIETARIA DE CAPITAL FEDERAL O PROV DE BS AS CERCANA A CAPITAL FEDERAL O SEGURO DE ALQUILER FINAER, PREMIUM, HOGGAX, RESPALDAR. NO SE ACEPTA PERRO, SI GATO. NO SE ACEPTA SEGURO BANCARIO.
INCREMENTO TRIMESTRAL IPC. CONTRATO A 2 AÑOS
APTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA LEY 5115
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto:
Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-
LAS MEDIDAS SON APROXIMADAS, LAS EXACTAS SURGIRÁN DEL PLANO MH CORRESPONDIENTE.
LOS VALORES DE EXPENSAS SON APROXIMADOS, EN NINGUNO DE LOS CASOS SON MONTOS FIJOS.
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B
Av Cramer al 2500
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: No
Acepta mascotas: No
Superficie total: 36 m²
Superficie cubierta: 32 m²
Disposición: Contrafrente
Orientación: Sudeste
Plantas: 1
Agua caliente: Caldera Central
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Excelente
Cantidad de pisos: 9
Dptos/piso: 4
Ascensores principales: 2
Código aviso: 198
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-