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SE ALQUILA SIN MUEBLES !!!
MONOAMBIENTE AMPLIO EN FORMA DE "L" DIVISIBLE
COCINA COMPLETA INTEGRADA CON MESADA Y ALACENA
SECTOR DORMITORIO CON PLACARD (INTERIORES COMPLETOS) Y FRENTE ESPEJADO
BAÑO COMPLETO CON DUCHA Y MAMPARA
PISOS DE PORCELANATO
RECIÉN PINTADO
AIRE ACONDICIONADO
CONTRATO A 2 AÑOS INCREMENTO TRIMESTRAL IPC. GARANTIA CABA O AMBA O SEGURO DE CAUCIÓN (CONSULTAR LAS PERMITIDAS POR LA PROPIETARIA)
SE PERMITE GATO
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B Mat 172 CPI
Monroe al 5700
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: No
Acepta mascotas: Sí
Superficie total: 51 m²
Superficie cubierta: 29 m²
Disposición: Lateral
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Caldera Central
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Excelente
Cantidad de pisos: 5
Dptos/piso: 6
Ascensores principales: 2
Código aviso: 1063
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-