+ $ 122.000 expensas
Anasagasti al 2000 metros Av. Santa Fé, Subte D estación Bulnes, Shopping Alto Palermo
2 ambientes contrafrente, semipiso. SIN BALCÓN. amplios ventanales. super luminoso
amplia cocina separada reciclada completa
baño completo con bañera todo reciclado
living comedor con paredes espejadas piso de parquet
dormitorio con amplio placard y piso de parquet
apto Ley 5115 para persona con movilidad reducida
REQUISITOS Y CONDICIONES: 1 mes depósito en garantía en dólares, 1 mes adelanto alquiler del mes en curso, 1 garantía Caba o Amba o seguro de Caución (verificar las empresas autorizadas por la propietaria). prohibido perro, se admite gato.
Contrato a 2 años, incremento trimestral IPC Caba.
La comisión inmobiliaria la abona el propietaria ley 5859 Caba 4.15% del total del contrato.
abona inquilino: gastos averiguación garantía RPI y certificación de firmas en la Escribanía
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B
Anasagasti al 2000
Estado de la propiedad: Bueno
Apto prof.: No
Acepta mascotas: No
Superficie total: 34 m²
Superficie cubierta: 34 m²
Disposición: Contrafrente
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Calefón
Calefacción: Picos de gas
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 8
Dptos/piso: 2
Ascensores principales: 1
Ascensores de servicio: 1
Código aviso: 1031
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-