+ $ 55.000 expensas
Zona: BELGRANO
Tipo de Unidad: departamento
Cantidad de ambientes: monoambiente
Ubicación: contrafrente.
Hall de entrada: 1.70 x 1.00
Living-Comedor-Dormitorio: 6.50 x 3.30 piso de porcellanato c/salida al balcón, sin placard.
Cocina integrada a living: 2.00 x 1.90 con mesada, bajomesada y alacena..
Lavadero: en bajomesada de cocina
Agua caliente: central.
Calefacción: AA split frio calor Samsung 5500kcal.
Baño: principal completo con bañera
Balcón: al contrafrente 3.00 x 1.00
Antigüedad: 9 AÑOS APROX.
Cochera: no
Superficie Total: 33 m2 total aprox.
Superficie Cubierta: 30m2 aprox.
Observaciones: Muy Luminoso, vista abierta, edificio sin gas, sin amenities, SE VENDE CON RENTA hasta el 28/2/2024.
Edificio: 18 pisos, 3 departamentos x piso, 1 ascensor.
APTO LEY 5115.
Requisitos y condiciones: 1 mes adelantado (alquiler del mes en curso) 1 mes deposito en garantía 1 garantía Caba o AMBAS o seguro Finaer o Premium. PROHIBIDO PERRO. contrato a 2 años con incrementos IPC.
LAS MEDIDAS SON APROXIMADAS, SE VERIFICARÁN LAS MIMAS DEL PLANO MH
LOS VALORES DE LAS EXPENSAS SON APROXIMADAS, LAS MISMAS SURGIRÁN DE LA ÚLTIMA LIQUIDACIÓN DE EXPENSAS
Hola, Para coordinar visitas al teléfono o whatsapp 116563-6201 de Lunes a Viernes de 11/19hs y Sábados de 10/13hs. Saludos, Sandra B
Blanco Encalada al 2800
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: Sí
Superficie total: 33 m²
Superficie cubierta: 30 m²
Disposición: Contrafrente
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Caldera Central
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 12
Dptos/piso: 3
Ascensores principales: 1
Código aviso: 1012
Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-